IC 3: Sustituido por IAS 27e IAS 28
- Contabilización de la depreciación:
1. La presente Norma debe aplicarse para contabilizar la
depreciación.
2. Esta Norma se aplica a todos los activos depreciables,
exceptuando:
- inmuebles, maquinaria y equipo (ver Norma Internacional de Contabilidad NIC 16 - Inmuebles, Maquinaria y Equipo);
- bosques y recursos naturales renovables similares;
- gastos de exploración y extracción de minerales, petróleo, gas natural y recursos no renovables similares;
- gastos de investigación y desarrollo (ver Norma
Internacional de Contabilidad NIC 9 - Costos de Investigación y
Desarrollo);
e) plusvalía mercantil (ver Norma Internacional de
Contabilidad NIC 22 -
Fusión de Negocios);
Fusión de Negocios);